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SEGURO DE CUMPLIMIENTO

¿Qué es?

El Seguro de cumplimiento garantiza a la entidad contratante que el contratista cumplirá con cada una de las obligaciones que adquirió al momento de la firma de un contrato.

Coberturas

Contrato, de lo contrario la aseguradora le indemnizará el pago de los perjuicios económicos ocasionados
El contratante podrá asegurar el buen uso del anticipo que llegue a pagar al contratista.
Se puede garantizar la calidad de los bienes suministrados objeto del contrato (Contratos de suministro)
Se puede garantizar la estabilidad de la obra objeto del contrato (Contratos de obra civil)
Se puede garantizar la calidad de los servicios que suministre el contratista al contratante (contratos de prestación de servicios)
El contratante podrá contar con una cobertura por incumplimiento de pago de prestaciones sociales del contratista a sus trabajadores.

Condiciones

Para verificar si la aseguradora puede afianzar al contratista, es necesario que se suministre la siguiente información:

  • Copia del contrato a asegurar
  • Certificado de existencia y representación
  • Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal
  • Copia del RUT
  • Estados financieros a cierre de los dos últimos años / Certificado de ingresos y retenciones
  • Experiencia en contratos de similares características
    SARLAFT
  • Contragarantía que dependerá del tipo y valor del contrato
  • Responsabilidad Civil Profesional
  • Ese seguro cubre los daños y perjuicios que puede ocasionar a terceros en el desarrollo de su actividad profesional. Los más comunes en el mercado.
  • Ese seguro cubre los daños y perjuicios que puede ocasionar a terceros en el desarrollo de su actividad profesional. Los más comunes en el mercado.
  • Responsabilidad Civil para Médicos y profesionales de la Salud
  • Responsabilidad Civil para Abogados
  • Responsabilidad Civil para Contadores
  • Algunas coberturas se derivan frente a los daños ocasionados involuntarios por errores u omisiones que el profesional haya causado a sus clientes en el ejercicio de su profesión, así como los perjuicios que se pudieran derivar.
  • Gastos judiciales
  • Daños personales
  • Daños materiales

Para poder expedir este seguro es necesario que aporte:

Formulario de solicitud de la aseguradora elegida
SARLAFT solicitado por la Superintendencia Financiera
Copia de Cedula